miércoles, 15 de diciembre de 2010

TODO LISTO PARA LA PLANILLA IVASAT 2011

Que tal amigos, les recuerdo que faltan pocos días para la entrega de la Planilla IVA-SAT, que forma parte del credito fiscal si ustedes aun no la han llenado y desean hacerlo pueden contactar con mi persona.

Precio por planilla. Q150.00

incluye;


.Ir a traer las facturas a domicilio sin recargo.

.Ordenar facturas (si están desordenadas)

.Hacer cálculo del monto de IVA a presentar ante la SAT.

.Llenar la planilla en el formato electrónico.

. Hacer reducción del impuesto a los combustibles.

. Imprimir la planilla (la cantidad de hojas se cobran a parte a Q1.00 * hoja)

.Llevar a sellar a la SAT, la planilla hecha o enviar electrónicamente.

.Se entrega la planilla hecha y sellada en el segundo día hábil del mes de enero.

.Si alguien necesita el programa se le puede enviar vía electrónico.

.Pueden visitar www.planillaivasat.blogspot.com o pueden llamar al celular o 5016-9319 o 40950137 pueden escribir a pablo09mendez@gmail.com

www.planillaivasat.blogspot.com


Bienvenidos a este espacio, Muchas Gracias-.



domingo, 5 de diciembre de 2010

No puedo mandar mi Planilla,

SÍ TRABAJARON TODA SU PLANILLA EN UNA VERSIÓN ANTERIOR A LA 1.2.7 Y NO ENCUENTRAN SOLUCION PUES CONTACTEN CON TODA CONFIANZA.

viernes, 15 de enero de 2010

SINO LOGRÓ ENTREGAR LA PLANILLA DEL IVASAT

*URGENTE* SINO LOGRÓ ENTREGAR LA PLANILLA DEL IVASAT LLAMEME HOY ANTES DE LAS 23:00 Y CON GUSTO LE PUEDO AYUDAR. 4095-0137 o 5016-9319


miércoles, 9 de diciembre de 2009

Bienvenidos Amigos

Si tienes dudas sobre la planilla del I.V.A. S.A.T.

Estoy para ayudarte.

Recuerda que antes del 15 de enero debes presentar la planilla del crédito fiscal, en donde se ingresan todas las facturas a una base de datos en la que se desglosa el pago que el contribuyente realizo por concepto de I.V.A. durante el periodo fiscal que le pueda reducir el pago del Impuesto Sobre la Renta.

Esto beneficia a las personas que por dependencia logran ingresos mayores a los Q36,000 ANUALES, es decir un promedio de tres mil quetzales mensuales incluyendo bonificaciones, horas extras, pago por productividad etc.

Si tienes dudas sobre como llenarla este espacio fue pensado para ayudar sin ningún costo a todos aquellos que quieran saber, desde cómo bajar el programa, como instalarlo, como ejecutarlo, como ingresar los datos de las facturas, el cálculo de pago por concepto de crédito fiscal (lo calculan en la empresa en la que labora), las reducciones por el impuesto a los combustibles que afectan los consumos en las gasolinas y que hay que descontar de las facturas al momento de ingresarlas, hasta como imprimir la planilla para luego llevarla a sellar.

Los Contribuyentes que necesiten información adicional pueden contactar sin ningún Costo con.

Pablo Manuel Méndez Juárez al 5016-9319 4095-0137

también pueden escribir a los siguientes correos electrónicos.


pablo09mendez@gmail.com

A MUY BAJO COSTO.

Te podemos ayudar con tu planilla-

Por un costo de Q100.00 POR TODO el Trámite, es decir:

  • Vamos a traer las facturas al lugar que tu digas.
  • Ordenamos las facturas a ingresar.
  • Las introducimos al Programa de la Planilla.
  • Hacemos el cálculo de lo que tienes que pagar en concepto de I.V.A.
  • Hacemos las reducciones del Impuesto de los Combustibles.
  • Te imprimimos toda la planilla.
  • Te llevamos a Sellar tu planilla a la S.A.T.
  • Listo entregas tu planilla en tu trabajo en los primeros 5 dias de Enero.

Con esto te evitas contratiempos, molestias de ordenar o buscar facturas, largas filas de personas para llevar tu planilla, etc.

Facturas se recogen dentro del perimetro de la ciudad y municipios cercanos, la impresión de la factura no incluye copia.

sábado, 17 de noviembre de 2007

Proposito de este Espacio

Este Blog nace con el propósito de Orientar a todos y a todas las contribuyentes que necesiten saber un poco de cómo llenar la planilla del I.V.A. S.A.T.

Planilla del I.V.A. S.A.T

Las personas que deben presentar el formulario SAT-No. 1111 son aquellas que devengan más de Q36 mil en el año por compras efectuadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

Al presentar esa planilla y reportar un gasto por IVA superior al ISR, los contribuyentes podrían recibir de vuelta parte o todo lo retenido por su patrono.

¿Qué dice la ley ?

CAPITULO XI

DE LA RENTA NETA Y RENTA IMPONIBLE

*ARTICULO 37. Renta neta de personas individuales en relación de dependencia.

Constituye renta neta para las personas individuales que obtengan ingresos por la prestación de servicios personales en relación de dependencia, los sueldos y salarios, comisiones y gastos de representación cuando no deban ser comprobados, bonificaciones, incluida la creada por el Decreto Número 78-89 del Congreso de la República, y otras remuneraciones similares.

La renta imponible de toda persona individual domiciliada en Guatemala, será equivalente a su renta neta menos las siguientes deducciones:

a) La suma única de treinta y seis mil quetzales (Q. 36,000.00) en concepto de deducciones personales, sin necesidad de comprobación alguna.

b) Las cuotas pagadas a colegios profesionales, las primas de fianzas, las cuotas por pago de contribuciones al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y al Instituto de Previsión Militar, por jubilaciones, pensiones y montepíos; las primas, contribuciones, cuotas o aportes

establecidos en planes de previsión social, las de pensiones y jubilaciones para trabajadores, de capitalización individual; las primas de seguros de vida no dotales, de accidentes personales y gastos médicos hospitalarios contratados con empresas autorizadas para operar en el país y con

empresas extranjeras debidamente registradas en la Superintendencia de bancos, conforme la legislación aplicable. Los reintegros de seguros de vida no dotales que las compañías de seguros efectúen a sus asegurados, constituyen renta afecta en el período de imposición en que se produzcan, con excepción de las indemnizaciones que se efectúen por seguros de accidentes

personales y de gastos médicos.

c) El monto de las pensiones alimenticias fijadas por tribunal de familia y mientras sus efectos se mantengan.

d) Las donaciones que puedan comprobarse fehacientemente, otorgadas a favor del Estado, las municipalidades y sus empresas; a las asociaciones y fundaciones no lucrativas de asistencia, servicio social, a las Iglesias, entidades y asociaciones de carácter religioso, y partidos políticos; todos debidamente autorizados. La deducción máxima permitida por este concepto en cada período de liquidación definitiva anual, no podrá exceder del cinco por ciento (5%) de la renta neta, ni de un monto máximo de quinientos mil quetzales (Q.500,000.00) anuales.

En caso de donación de derechos o bienes, la deducción por este concepto no puede exceder el costo de adquisición o construcción, no amortizado o depreciado, según corresponda a la fecha de su donación.

Las asociaciones y fundaciones no lucrativas de asistencia, servicio social, las iglesias, las entidades y asociaciones de carácter religioso y los partidos políticos, para que proceda la deducibilidad de las donaciones que reciben, deben estar debidamente constituidas y registradas, llevar contabilidad completa, inscribirse como contribuyentes-.

¿Qué es ?
La Planilla del I.V.A. S.A.T. es un mecanismo que permite a los contribuyentes que deben pagar el Impuesto Sobre la Renta en Guatemala, presentar mediante una plantilla su consumo y el pago que realizo durante un periodo fiscal en concepto del Impuesto al Valor Agregado. En otras palabras es un crédito que la Superintendencia de Administración Tributaria hace a los contribuyentes para que no tributen dos veces.

Las personas que deben presentar el formulario SAT-No. 1111 son aquellas que devengan más de Q36 mil en el año por compras efectuadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

Al presentar esa planilla y reportar un gasto por IVA superior al ISR, los contribuyentes podrían recibir de vuelta parte o todo lo retenido por su patrono.

¿Quienes Pagan?

Todas las personas que trabajen para cualquier empresa o institución gubernamental que tenga ingresos mayores a los 36, mil quetzales anuales.

Derecho, no obligación

El ISR debe ser pagado por todos los contribuyentes con ingresos arriba de Q36 mil anuales.

Quienes tienen una relación de dependencia, pueden evitarse el pago por hasta el cien por ciento del impuesto a cambio de entregar a la SAT el registro de sus compras.

Además, pueden hacer deducciones personales establecidas en el artículo 37 de la ley del ISR.

Es decir que, según la ley, la SAT premia con descontar parcial o incluso, total, el pago del ISR a cambio de exigir facturas en sus compras.

Aquellos contribuyentes que no entreguen estas planillas no tendrán derecho a la devolución del ISR que les descontó su patrono. En consecuencia, deberán pagar el cien por ciento del impuesto, según la tabla establecida en el artículo 43 de la Ley del ISR.

Quienes devengaron hasta Q65 mil en el año, pagan el 15 por ciento de ISR; de Q65 mil a Q180 mil, un importe fijo de Q9 mil 750 y 20 por ciento sobre el excedente de Q65 mil; de Q80 mil a Q295 mil, pagan de ISR Q32 mil 750 fijos, más 25 por ciento del excedente de Q180 mil.

Y los que devengaron de Q295 mil en adelante, pagan 31 por ciento sobre el excedente de Q295 mil más un pago fijo de Q61 mil 500.

En el período fiscal anterior (julio a diciembre de 2004) la SAT recibió 142 mil 398 planillas, con lo cual dejó de percibir cerca de Q400 millones, pues ese fue el valor acreditado por los contribuyentes.

Para hacer efectiva la entrega, deben llevar original y copia del formulario que será sellada en la ventanilla, las facturas físicas no son necesarias. A la copia sellada, se debe sacar una copia y entregarla al patrono.

Este formulario está disponible en el sitio www.sat.gob.gt o bien en un CD que distribuyen en oficinas de la SAT.

Procedimiento: Facturas de combustible

Las facturas por compra de gasolinas tienen trato diferente debido a que este producto tiene el recargo del Impuesto a la Distribución de Petróleo y sus derivados (IDP).

Según la SAT, para incluir las facturas de estos productos, los pasos son los siguientes:

1) Determinar los galones comprados. 2) Obtener el IDP pagado en la factura, (cantidad de galones comprados multiplicado el IDP, según la siguiente tabla:

b). Según el artículo 17 la tasa del impuesto al diésel se aplicará temporalmente de Q1.15.

Según el artículo 18 a las gasolinas superior y regular, gasolina superior Q4.70 y regular, Q4.60.

Al valor obtenido en la operación restarle el valor de la factura que incluye IVA. Ejemplo: Gasolina Superior, de fecha de factura por compra por el valor por galón el 15 de octubre 2007.

Son 10 galones de gasolina superior a Q25.50 cada galón= valor factura Q255, IDP pagado Q4.70, cantidad galones 10.

Formula: Cantidad de galones (10) X IDP (4.70) = Q47, valor de la factura sin IDP = Q255 - IDP (Q47) = Q203.

Entonces, el valor a consignar en la casilla de combustible de esta factura será de Q203.

Formularios: Deducciones permitidas

Además de la planilla Form SAT-1111, el trabajador debe entregar ante el patrono, una declaración jurada del ISR, formulario SAT No. 1101.

Aquí se consignan los ingresos del año menos las deducciones de ley.

Está permite deducir del ISR, Q36 mil (Art. 37), cuotas del IGSS que el patrono registra, valor de primas de seguros no dotales, que son los de accidentes, vida y médicos, incluidos los fondos de pensión.

Entre los gastos médicos sólo se permiten aquellos que implican intervenciones quirúrgicas, laboratorios y pago de consultas u otros exámenes, sin embargo se les saca el I.V.A. y solo se reporta el I.V.A. cobrado, sin embargo no incluye las compras de medicamentos. Estas facturas consumidos en gastos de este tipo hay que fotocopiarlas y entregarlas junto con el formulario y la Planilla.

También, donaciones comprobadas, fianzas, colegiaturas profesionales, pensiones alimenticias fijadas por juez.

Preguntas Frecuentes


Preguntas más frecuentes acerca de la planilla del IVA

. ¿Cómo obtengo el programa de PlanIVA

Por favor lleve a cualquier oficina o agencia tributaria del país un CD en blanco, y gustosamente se le entregará un CD con el programa PlanIVA@SAIT, o puede descargarlo aqui

2. ¿Cómo envío la planilla del IVA por medio de Internet?

Es por medio del sistema BANCASAT, debe seguir los siguientes pasos:

1. Ingrese las facturas del período en el programa de PlanIVA@SAIT versión 1.2.7

2. Ingrese al portal de la SAT: www.sat.gob.gt/programas y baje el Generador de Planillas Electrónicas PlanIVA GPE, en relación de dependencia.

3. Ejecute la aplicación GPE, seleccione el NIT, período y ubicación donde va a guardar el archivo para envío electrónico.

4. Ingrese al portal del banco donde suscribió contrato de adhesión a BANCASAT, y envíe su planilla de la misma forma que se envían las declaraciones (archivos) de AsisteLight. 5. Luego de enviado el archivo, SAT le enviará por correo electrónico una notificación del registro de su presentación, imprímala y entregue copia a su patrono como constancia de la presentación de su planilla. Nota: El patrono o cualquier persona con contrato de adhesión a BANCASAT también puede enviar la planilla del IVA de cualquier contribuyente que le entregue su planilla ingresada en PlanIVA@SAIT.

3. ¿Cómo operar las facturas por concepto de combustibles? De conformidad con el Decreto 4-2003 que reforma la ley del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados de Petróleo (IDP), vigente a partir del 15 de febrero de 2003, en su Artículo 4 indica, que el monto de este impuesto no forma parte de la base imponible del IVA, como consecuencia, los contribuyentes deben registrar las compras como se muestra a continuación:

Determinar la cantidad de galones comprados. Para obtener el IDP pagado en la factura, la cantidad de galones comprados se multiplica por el Impuesto a la Distribución el cual dependerá del tipo de combustible.

El resultado obtenido en la operación anterior se resta del valor total de la factura que ya incluye IVA. El saldo de la operación anterior es el que se ingresa en la planilla del IVA. ¿Cómo obtengo el valor del crédito por IVA en la planilla? Se obtiene multiplicando la suma total de los bienes o servicios adquiridos por el coeficiente: 0.1071428

¿Cómo puedo hace para presentar 20 o más planillas del IVA en papel? Las empresas ubicadas en la ciudad capital que deseen enviar las planillas de sus trabajadores en lotes de 20 o más, deben comunicarse de 8:00 a 17:00 hrs. para concertar su cita al teléfono: 2253 1193-94 Ext. 250